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Secretaría de Actas

Funciones del Secretario de Actas

Tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a) Redactar las actas que documenten lo sucedido en las reuniones del Plenario de delegados, delegadas, comisiones gremiales internas y secretariado, así como atender los libros o registros en los que se insertarán dichas actas.

b) Llevar el Registro de Asistencia a las sesiones de los cuerpos mencionados y confeccionar los proyectos de resoluciones que se someterán a su consideración.

c) Atender y conservar el archivo de las resoluciones de carácter general adoptadas por dichos cuerpos.

d) Distribuir las órdenes del día a tratar por los cuerpos mencionados, efectuando las citaciones y notificaciones pertinentes.